Retirada del carnet de conducir por alcoholemia. Penas por positivo.
Si das positivo en un control de alcoholemia, ¿te van a condenar a la retirada del carnet de conducir? ¿Por cuánto tiempo? ¿Y si lo necesitas para el trabajo?
Punto de partida: positivo en control de alcoholemia.
Cogiste el coche con un par de cervezas de más y tuviste la mala suerte de cruzarte con un control de alcoholemia. O quizás sufriste un accidente de tráfico.
El caso es que te hicieron soplar, diste positivo y te han citado del Juzgado para un juicio rápido por alcoholemia.
Llegados a este punto, la pregunta que más se hace la gente es si le van a quitar el carnet de conducir. Vamos a verlo.
Retirada del carnet de conducir.
Si has dado más de 0.60 (o incluso menos, pero tuviste un accidente) siento decirte que, salvo casos muy excepcionales, te vas a llevar una bonita condena penal de regalo.
Y esto implica que, sí o sí, te van a quitar por un tiempo el carnet de conducir. No hay más «tutía».
¿Durante cuánto tiempo te van a retirar el carnet por un positivo?
Esta es la otra pregunta del millón. Depende de cada caso. A priori, te podrían quitar el carnet de 1 a 4 años (art 379 del CP)
Pero que no te de un pitango, porque lo más común en estos casos, es que se alcance una conformidad con la pena que nos solicitan, con lo que se consigue que nos pongan la mínima y se reduzca en un tercio.
O lo que es lo mismo, lo más normal es que te quiten el carnet de conducir durante 8 meses.
Y no, no hay manera de reducir esta pena. No te calientes la cabeza. Por mucho que pique, menos es imposible.
Recuerda, cuando vayas a los Juzgados, vas a necesitar un abogado por ley. Mejor que sea un especialista. Contacta conmigo ahora y, de inmediato, te resolveré todas tus dudas.
¿Qué día tienes que entregar el permiso de circulación?
Otro detalle del que nadie te avisa y no es moco de pavo. No se te ocurra ir al Juzgado el día del juicio rápido con tu propio coche.
Piensa que es probable que esa misma mañana se produzca la retirada del carnet de conducir. A continuación sales del Juzgado de camino al parking y caes en la cuenta… «¿cómo demonios saco ahora el coche?»
Pues eso, que te ves llamando a un amigo para que te eche una mano. La primera en la frente
Coches y motos
La condena penal de retirada del carnet de conducir por alcoholemia afecta tanto a los vehículos a motor como ciclomotores.
¿Y si necesitas el carnet para trabajar?
Pues en principio, da igual que necesites el vehículo para trabajar, porque te van a seguir quitando el carnet.
Ahora bien, en casos muy concretos, sí que se puede tratar de conseguir un cumplimiento fraccionado por periodos.
No es nada fácil, y algunas Audiencias se han pronunciado en contra, como la de Zaragoza o La Rioja. Pero la esperanza es lo último que se pierde, y siempre que se den determinadas circunstancias (que explicaré en una entrada aparte), se puede intentar. En ocasiones se consigue (AAP Sevilla 451/2004 de 5 de octubre o AAP Granada 694/2010, 15 de Octubre de 2010)
Qué pasa si me pillan conduciendo durante el periodo de retirada del carnet.
Te toca utilizar el transporte público o bien abusar de un familiar para que te lleve a todos lados. O, si quieres, contratar a alguien . Lo que más rabia te dé.
Pero nunca debes conducir un vehículo en este tiempo.
Porque si te pones al volante cuando te han quitado el permiso de conducir estarías incumpliendo una pena, lo cual, a su vez, supone otro delito (quebrantamiento de condena).
Te puedes llevar un multazo de cuidado, o incluso pena de prisión. De Guatemala a Guatepeor
Condena penal por alcoholemia: prisión, multa o trabajo en beneficio de la comunidad.
En esta entrada me estoy centrando en la retirada del carnet, pero debes recordar que si te condenan penalmente te vas a llevar otro «premio» para casa: una pena de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
Generalmente, la otra pena por positivo es una multa que va de unos 480 a 1200 €. Pero depende de cada caso. Si quieres más detalles, pincha en este enlace.
Conclusión
1.- Si has dado más de 0,60, te van a imputar un delito contra la seguridad vial, y te vas a llevar una condena de regalo.
2.-Lo normal es que, si te conformas, te quedes sin carnet durante 8 meses.
3.-Pero si no lo haces, te quedarás sin carnet de 1 a 4 años.
4.-De la retirada del carnet de conducir por alcoholemia no te libra nadie.
Son muchas las alcoholemias que he hecho. Y, salvo casos excepcionales, la retirada de carnet de conducir no tiene vuelta de hoja: menos de 8 meses no vas a conseguir. No le des más vueltas.
Eso si te conformas. Si, por el contrario, si estás por la labor de afirmar que solo bebiste zumo de piña, te puedes olvidar de coger el coche durante mucho más tiempo.
Y no tientes a la suerte cogiendo nuevamente el coche. Que la puedes liar muy muy parda
Si has dado positivo en alcoholemia y no sabes qué va a pasar, tranquilo, pincha aquí y descubre como puedo ayudarte.
Por último, no olvides que, tras una alcoholemia, para recuperar el carnet, tienes que hacer un curso de reeducación y sensibilización vial
Abogado especialista en alcoholemias de Granada
Aclaración: Hablamos de sanciones penales, no administrativas. Pero no olvides que si ya te han puesto una condena penal, se tiene que anular la sanción administrativa.
Fuentes: foto entrada, foto 1, foto 2
Esta entrada pertenece a una serie de artículos relacionados con alcoholemia:
- Juicio rápido por alcoholemia. Procedimiento.
- ¿Me pueden retirar el carnet de conducir por alcoholemia?
- ¿Cuáles son las condenas por positivo en control de alcoholemia?
- ¿Has dado positivo y necesitas el carnet para trabajar?
- Sanciones por dar positivo en un control de alcoholemia.
- ¿Has dado positivo en drogas conduciendo?
- Antecedentes penales por alcoholemia, ¿cuándo se cancelan?
- ¿Si vuelvo a dar positivo en alcoholemia puedo ir a la cárcel? Reincidencia
- Condena penal.¿Qué pasa si te niegas a hacer la prueba de alcoholemia?
- ¿Cómo puedo recuperar el carnet de conducir?¿Tengo que hacer un curso?
- ¿Cuáles son las multas por alcoholemia? Sanción administrativa.
- ¿Has tenido un accidente y has dado positivo en alcohol?
- ¿Te han citado del Juzgado para declarar por positivo en alcoholemia?
Buenos días Pablo,
Una consulta, si una persona es multada y juzgada por un delito contra la seguridad vial y además ostenta un cargo de administrador en una sociedad, los socios pueden en junta proponer su cese del cargo por incompatibilidad, es decir tienen por Ley obligación de cesarlo aunque alguno no lo desee??
Buenas tardes. El derecho mercantil no es mi especialidad, por lo que no me es posible responderle a su pregunta.
Un saludo
Hola, mire yo tuve un accidente en el que no implique a nadie fui yo sola a la cuneta, di positivo en alcohol 0,52. Me dijeron que me quitarían el carnet pero ¿puedo más o menos saber cuanto tiempo y la multa que sería?
Hola Marta. Aunque hayas dado menos de 0.60, habiéndose producido un accidente es muy posible que te condenen por una alcoholemia. En esta entrada lo explico https://miabogadodeconfianza.es/accidente-con-positivo-en-alcoholemia/
Por otro lado, la pena suele ser de 8 meses de privación del carnet y una multa que varía entre los 480 y 1.200 €. Pero depende de cada caso.
Por ley vas a necesitar obligatoriamente un abogado, si quieres que te lleve el caso, solo tienes que avisarme.
Un saludo
Hola Pablo. Dando 0,8 en test de alcoholemia y necesitando el carnet para trabajar porque la persona infractora es comercial, crees q podría proponer la retirada de carnet en días no laborables.? Cuanto tiempo dispones para cumplir la pena?? El mínimo son 8 meses o podría ser menos la retirada del carnet??
Gracias
Hola Rubén. No, lo de los días no laborables es imposible, o, al menos, yo nunca lo he visto. La pena de retirada del carnet se comienza a cumplir desde que te quitan el carnet, la multa (si es que es esa la pena) si es posible pagarla a plazos. Menos de 8 meses tampoco es posible.
Vas a necesitar un abogado por ley. Si eres de Granada o cercanías y quieres que lleve tu caso solo tienes que mandarme un privado a pablo@miabogadodeconfianza.es
Un saludo
Hola me retiraron el permiso de conducir por 8 meses por dar positivo en un control de alcoholemia, me han devuelto el permiso de conducir en el juzgado en la página de la dgt me aparece el permiso de conducir correctamente, mi duda es tengo que hacer un curso o puedo conducir ya?
Buenos días.
Conforme al art 73 de la ley de Trafico, Circulación Vehículos a Motor y Seguridad Vial no debieran haberte devuelto el carnet sin acreditar la realización del curso
https://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/561509-rdleg-6-2015-de-30-oct-texto-refundido-de-la-ley-sobre-trafico-circulacion.html#a73
Pero me dices que te lo han devuelto, por lo que teóricamente puedes conducir. Habría que ver tu caso concreto para poder darte una respuesta más detallada
Un saludo
Hola Pablo, hace dos días la Policía Nacional secreta registró mi coche dentro de un parking público cerrado, (por error ya que buscaban a otros sospechosos con un coche similar al mío), el caso es que me vieron aspecto de haber bebido y solicitaron una prueba de alcoholemia a la policía municipal, ellos mismos se encargaron de sacar mi coche a la calle y allí realizarme el test en el cual di 0,7. Esto pueden hacerlo? O se puede anular la condena en el juicio por haber estado en un parking con el coche estacionado?
Hola Manuel.
El delito del art 379 es por conducir bajo los efectos del alcohol. Así que es condición indispensable poder demostrar que, cuando ibas bebido (0.7) habías estado conduciendo. En caso contrario no te pueden imputar ese delito. El problema es que muchas veces llegan a esa conclusión por pruebas indiciarias.
Un saludo
si doy posytivo y encima tengo el carnet retirado cuak es la pena que pedira el fiscal
Hola Claudio. Habría que ver su caso concreto para darle una respuesta correcta. Pero es probable que le imputen dos delitos: el de conducir bajo los efectos del alcohol y el de conducir sin licencia (379 y 384 del CP). Las penas, pues depende: puede ser prisión o multa (o ambas). Lo normal es que se suspenda la pena de prisión
Un saludo
Buenas noches Pablo. A sólo 5 días de recuperar el carné que me habían retirado por conducir bajo efectos del alcohol, me han pillado conduciendo (por suerte llegando a casa) y con una tasa de alcoholemia de 0,8. A diferencia de la vez anterior no me han citado, al menos de momento, para juicio rápido, sólo me han dado un acta de inmovilización del vehículo y me citan para el lunes en la comandancia de la guardia civil de Tráfico. Me gustaría saber a qué me enfrento en este caso…. Gracias de antemano.
Hola Vanessa.
Para poder darte una respuesta precisa tendría que ver tu caso concreto, es decir, poder estudiar las actuaciones. Pero en principio te enfrentas a un nuevo delito de alcoholemia (con posible agravante de reincidencia) más un delito de conducción sin carnet.
Casi seguro vas a necesitar un abogado, si quieres que sea yo, solo tienes que escribirme un privado
Un saludo
Buenas. Me han retirado el carnet de conducir por que me he quedado sin puntos. Cometí varias infracciones al mismo tiempo entre ellas conducir dando 0,59 en alcohol . Me dijeron que me quitarían el carnet unos 6 meses. Necesito el coche para trabajar y para ir al trabajo. En este caso se podría fraccionar la condena? Un saludo y gracias de antenamo
RECTIFICACION Y ACTUALIZACION DEL COMENTARIO: Hola Antonio. Necesito saber si se ha abierto un procedimiento penal por ese positivo de 0.59. Si es así, y finalmente te condenan por vía penal, va a ser muy difícil fraccionar esa condena, por mucho que necesites el coche para trabajar, aunque en ocasiones muy concretas sí que se consigue (AAP Sevilla 451/2004, 5 de Octubre de 2004) Por cierto, en ese caso te retirarían el carnet durante 8 meses.
Si se ha quedado en una infracción administrativa, efectivamente tienen que pasar 6 meses para que recuperes el carnet. Me temo que en este caso tampoco cabe un fraccionamiento.
Un saludo
por cierto, esos 6 meses son 3 si eres conductor profesional
Hola mi han quetado el carné 8 meses y 4 meses de presión y ahora mi quedan solo 2 meses y nose dónde voy a recoger mi carne o mi falta Corso?.muchas gracias
Buenas tardes.
El curso tienes que hacerlo para recuperar el carnet. El carnet seguramente te lo devuelvan en el mismo juzgado. Te aconsejo que preguntes con caracter previo en el Juzgado para asegurarte
Un saludo
Me pillaron en un control de alcoholemia,dando 0’5.q me puede pasar?necesito abogado cuando vaya al juicio?
María, buenas tardes.
Pues si no tuviste ningún accidente puede que se quede en una sanción administrativa y no tengas que ir a los tribunales. Pero a veces, cuando se da por encima de 0.40, sí te imputan un delito de alcoholemia.
En ese caso si necesitarás abogado por ley.
Si quieres más información me puedes escribir por privado (pablo@miabogadodeconfianza.es)
Un saludo
Mi tlf es 675758955.Si pudiera llamarme
Si pudiera llamarme el tlf es 675758955
Gracias
Muchas gracias por su ayuda.un saludo
Buenos días Pablo.. Estoy condenado 8 meses por haber dado 0,67 en un control de alcolemia. Mi pregunta es si tengo que hacer algún curso antes de poder volver a conducir ya que soy camionero y no puedo seguir parado más tiempo de esos 8 meses. Gracias
Hola Alejandro.
Sí, tienes que hacer un curso. Aquí tienes toda la información
https://miabogadodeconfianza.es/curso-de-reeducacion/
Un saludo
Buenas noches, Alejandro,
Leo que varias personas pregunta por el curso de sensibilización. Mi pena de 8 meses terminó el 19 de enero, no había ido a recoger el carnet porque no había hecho el curso. Mi sorpresa viene cuando me llaman por teléfono del juzgado para que vaya a recogerlo porque la pena ya se ha cumplido. Total que ya lo tengo. Durante el tiempo que cumplía la pena, mi carnet por ejemplo no aparecía en la app «midgt» y ahora vuelve a aparecer ahí también. Al igual que también aparece en la sede electrónica como que está activo y con los 15 puntos. En ninguna parte me aparece que me falte por hacer un curso y no se que hacer…
Gracias
Hola Víctor. Pues yo solo te puedo decir que hacer ese curso, en supuestos de alcoholemia, es obligatorio por ley. A partir de ahí, si te lo devuelven sin haberlo realizado por algún error administrativo o similar, desconozco si para ti pudiera tener algún tipo de consecuencia. Entiendo que no debieran atribuirte el error de la administración, pero no puedo asegurártelo. Un saludo
Hola Pablo, quería preguntarte una cosa. Soy novel y en noviembre tuve un accidente de coche en una rotonda (no había involucrados fui yo sola), di 1.18 en alcoholemia. Anteriormente me hicieron otro test y di positivo también. Aun sigo esperando recibir la notificación para el juicio. Mis pregunta son:
-¿Puedo seguir conduciendo mientras no tenga el juicio? (En mi dgt sale que aun tengo 4 puntos)
-¿Cuál sería mi condena? (cuantos años me pueden retirar el carnet, como puedo recuperarlo, cuanto sería mas o menos la multa…)
Tania, buenos días.
Mientras no hay una sentencia que te prive del carnet de conducir, tú puedes conducir (siempre que por la vía administrativa no haya ningún problema con los puntos, claro). En cuanto a la pena, pues depende de tu caso concreto: si te han imputado solo el delito de alcoholemia o algún otro (como el de negarte a la prueba), si eres reincidente o no, si te conformas y te reducen el tercio etc
La pena mínima suele ser de 8 meses de retirada del carnet y multa. Pero, insisto, depende de cada caso.
Vas a necesitar abogado por ley. Si quieres, ponte en contacto por privado conmigo (pablo@miabogadodeconfianza.es) y vemos tu caso
Un saludo
Hola Pablo, lo que comenta Victor del día 1/3/2022, tengo que decirte que a mi me ha pasado lo mismo, a mi me lo han retirado durante 8 meses + 1 día o dos, y me dijeron que no hacia falta hacer el curso por que el carnet no me lo quitaban, solo era retirada por no tener antecedentes, por lo tanto en día que me lo devuelvan, tendré todos los puntos de nuevo, sin hacer el curso. Eso es lo que me dijo a mi la fiscal….. O lo que yo entendí!, pero lo del curso también me dijeron que no…
A partir de ahora ya tendré antecedentes? los antecedentes son perpetuos o por un tiempo?
Un saludo…
Buenos días.
El curso es obligatorio conforme a la ley de Tráfico, circulación y seguridad vial (en concreto, el art 73)
Como sois varios los que me decís que no os lo han pedido he llamado a la DGT para informarme y me han corroborado que sigue siendo obligatorio, y que si no se hace y la DGT lo descubre es susceptible de sanción.
O dicho en otras palabras, os podrán devolver el carnet, pero como se pille al conductor sin el curso, le van a poner una multa (que tiene guasa, porque no lo habríais hecho no por vuestra culpa sino por estar mal asesorados por terceras personas, pero la multa os puede caer)
Un saludo
Hola Pablo
Me quitaram el carne de conduzir por alcoolemia,
Despois de 6 meses me pillaram conduzindo sin carne .
O q puedes pasar?
Hola Richard. Pues hablamos de un quebrantamiento de condena y de un delito del art 384 (conducir sin carnet por tenerlo retirado temporalmente)
Habría que ver tu caso concreto para darte una respuesta detallada
Un saludo
Hola, en un accidente llamamos al 112 y dijeron la otra parte que conducía yo cuando realmente era mi novia quien conducía, el policía me hizo caso omiso me hizo solamente a mí la prueba y si 0,77 y me han citado para juicio. Solo hicieron la prueba a mi novia para retirar el coche. Puedo tener defensa o me tengo que conformar injustamente? Un saludo
Hola Juan Luis.
Para que te condenen por un delito de alcoholemia es necesario probar que conducías el vehículo. Si tienes pruebas que acredites que conducía tu novia tendrías posibilidad de defenderte. el problema es que sea el testimonio de los contrarios frente al tuyo.
Habría que ver tu caso concreto (declaración de la contraria, atestado etc etc)
Un saludo
Buenos días ,hace 3 semanas mi hijo tuvo un accidente involucrando a 3 vehículos aparcados, el fue el responsable y además dio positivo 0,84 en alcohol, aún no sabemos nada, no le ha llegado citación ni multa, y del seguro no sabemos nada
Cuanto tiempo puede tardar en llegar noticias
Hola Raquel, le he escrito un privado
Un saludo
Muchas gracias Pedro, por tu llamada, nos has asesorado en todas nuestras dudas con mucha profesionalidad.
Buenos días Pablo,
En mi caso la duda es en relación a la cancelación de los antecedentes penales. En 2021 me condenaron por alcoholemia a una multa de 4 meses (pena menos grave) y la retirada del permiso de conducir por 8 meses y dos días (pena leve).
He estado investigando y a priori entiendo que son 2 años, pero la información que he encontrado es confusa y contradictoria, y no soy jurista.
En este caso ante qué plazo nos encontramos?
Gracias de antemano.
Guillermo
Hola Guillermo. Tienen que pasar dos años desde que finalice la última de las penas que cumplas en el tiempo (o bien la retirada del carnet o la multa)
Un saludo
Se que un vecino sigue conduciendo despues de retirada del carnet por alcoholèmia, sigue bebiendo y cogiendo el coche
Alberto, buenos días.
Si usted quiere, siempre puede acudir a la Policía para poner en conocimiento estos hechos y que sean ellos los que, si lo estiman necesario, tomen las medidas pertinentes.
Un saludo
Gracias de verdad però ir a la policia es perder el tiempo, simplemente escuchan pasan nota juzgado etc etc , solo si tiene accidente y alguien llama a policia y abren diligencias, o paran en un control rutinario , entonces si
Buenas mira te comento hace un par de meses me retiraron el carnet por dar 0’87 teniendo todos los puntos y el otro día me cojieron conduciendo y no tengo antecedentes en unos días tendré que ir a juicio y mi pregunta es si me pueden alargar la retirada de carnet o es solo una multa. Gracias de antemano
Ernesto, buenas tardes. Supongo que la primera pena fue privación del carnet y multa. Esa pena ya no se toca. Otra cosa es la segunda condena, en dónde te van a aplicar la agravante de reincidencia y en la que seguramente te vuelvan a condenara privación del carnet durante otro periodo.
Si quieres que te asista en esta segunda alcoholemia puedes contactar por privado conmigo.
Un saludo
Buenos días Pablo,
Me retiraron el carnet de conducir por via penal por alcoholemia hace un mes. Me lo han retirado durante 8 meses y tuve que entregarlo físicamente. Sin embargo cuando entro en la DGT veo que me siguen quedando 15 puntos. ¿Es esto normal? ¿Hay algún error?
Muchas gracias
Raul, buenas tardes. la condena penal no conlleva retirada de puntos y existiendo condena penal no debiera haber administrativa. Un saludo