Condena penal por alcoholemia. Las penas de un positivo.
¿Cuál es la condena penal por alcoholemia? ¿Vas a ir a la cárcel por un positivo? ¿Cuánto vas a tener que pagar de multa?
Tuviste la mala suerte de cruzarte con un control de alcoholemia. O quizás sufriste un accidente de tráfico. El caso es que te hicieron soplar y diste positivo.
Hablamos de los supuestos en los que has dado más de 0.60 m/l . O cuando, aún dando menos, era evidente que estabas muy afectado por el alcohol.
Se va a abrir un procedimiento penal frente a ti. ¿Qué pena te puede caer?
Condena penal por alcoholemia. Delito contra la seguridad vial.
Te han llamado de un Juzgado y no sabes lo que se te viene encima, a qué te pueden condenar.
Cada caso es un mundo y pudieran darse varios delitos. Pero me voy a centrar en lo más normal: te están imputando un delito contra la seguridad vial del art 379 del Código Penal.
Lo primero que tienes que tener claro (algo que no todo el mundo sabe) es que en el Código Penal no se recogen penas prefijadas y definitivas.
Me explico. Cada tipo de delito establece un margen o una horquilla, es decir, un límite máximo y mínimo de condena.
Y dentro de ese límite, dependiendo de las circunstancias (de si la has liado más o menos parda), se concretará una pena concreta.
En el caso que nos interesa, el art 379 recoge penas de prisión de tres a seis meses, o multas de seis a doce meses o trabajo en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. Y a todo esto, te quitan el carnet entre uno y cuatro años.
Ninguna broma.
Esto quiere decir que cuando te pillan bebido te vas a llevar dos premios de regalo.
Por un lado, una condena a elegir entre cárcel, multa o hacer labores sociales para la comunidad.
Por otro lado, te quedas sin carnet de conducir.
A la privación del carnet le dedico esta otra entrada. Así que en esta me voy a centrar en la pena de prisión, multa o trabajo en beneficio de la comunidad.
¿Voy a ir a la cárcel por un positivo en control de alcoholemia?
Como decía antes, te van a poner una condena de prisión o de multa o de trabajo en beneficio de la comunidad. Es decir, una de las tres.
En primer lugar, tienes que tener que tener claro que la cárcel, salvo que tengas antecedentes penales, no la vas a pisar. Así que ya puedes empezar a respirar.
El motivo es que, en los supuestos típicos de alcoholemia, el Juzgado no suele pedir una pena de cárcel. Sería matar moscas a cañonazos.
Pero es que, incluso aunque se pidiera de cárcel, no vas a verte entre barrotes. Porque la pena de prisión de este delito es inferior a 2 años, y lo normal es que se suspenda.
Multa por positivo en alcoholemia.
En la alcoholemia típica, el Fiscal suele pedir una pena de multa.
Pero ¿de cuánto?
Pues también depende, porque como el resto de penas no está prefijada.
El Código Penal sigue un sistema llamado «cuotas días multas» (art 50 y ss del CP)
Básicamente te condenan por un número de meses y a cada día de esos meses le ponen una cantidad económica. Suele ser entre 4 y 10 euros, puede ser mucho mucho más, rara vez menos.
Se multiplica por el número de días en total y te sale la multa final. De modo que lo más normal es que te condenen a pagar entre 480 y 1.200 €
Para tu tranquilidad, se suele pagar en plazos.
Trabajos en beneficio de la comunidad.
No lo he visto nunca, pero cabe la posibilidad de que te caiga esta pena.
Puede ser de muchos tipos: talleres relativos a la seguridad vial, labores de reparación de daños causados, apoyo de asistencia a las víctimas etc etc.
Y, de las tres penas por un positivo, ¿qué te conviene más?
Hemos dicho que te puede caer una de las tres penas. ¿Cuál es la que más te interesa?
La mejor opción, y la que más utilizan los Fiscales es la de la multa. Te explico por qué.
Habrá quien se esté preguntando «y si no voy a pisar la cárcel, ¿no es mejor que me condenen a prisión y así me ahorro la multa?«
La pregunta en un principio parece tonta, pero tiene su lógica.
Es cierto que si te suspenden la pena, no vas a la cárcel y teóricamente no pasa nada. Es decir, algo así como una pena que ni se aplica ni te enteras.
Pero mucho cuidado, porque si mientras esta pena está en suspenso te metes en otro lío, se levanta la suspensión y ahora sí te enchironan.
Así que, aunque a priori, puede sonar bien, es muy arriesgado.
Lo mismo pasa con los trabajos en beneficio de la comunidad. De primeras te ahorras rascarte el bolsillo, así que lo ves perfecto.
Pero, después de comprometerte a la labor que te pongan, comienzas a tener problemas para sacarle tiempo. Total, que empiezas a hacer pellas.
Y esto no es el cole, ahora no llaman a tus padres. Aquí, si te saltes las «clases», te pueden llevar a la trena. Tú mismo.
Así que, lo más aconsejable, la multa. Por la sencilla razón de que pagas y te olvidas.
Si has dado positivo en un control de alcholemia, tramquilo, pincha aquí y descubre como puedo ayudarte.
Conclusión
1.- Si has dado más de 0,60, te van a imputar un delito contra la seguridad vial, y te vas a llevar una condena de regalo.
2.-Es muy raro que vayas a la cárcel
3.-Lo normal es que te pongan una multa de unos 480 € a 1200 € y te quedes sin carnet durante 8 meses.
Son muchas las alcoholemias que he hecho. Y depende de cada caso, porque, en algunas, la pena es mucho mayor. Pero lo más común es que, si te conformas, te caiga la pena que te he comentado antes.
Así que mejor conformarse con esa pena, porque, salvo raras excepciones, no hay manera de darle la vuelta a la tortilla a tu positivo.
Si tienes alguna no lo pienses más y contacta conmigo. Veremos tu caso y te quedarás más tranquilo.
Aclaración 1: Recuerda que el alcance de las penas dependerá de si te conformas o no. En en esta entrada te lo explico todo.
Aclaración 2: Hablamos de sanciones penales, no administrativas. Pero no olvides que si ya te han puesto una condena penal, se tiene que anular la sanción administrativa.
Aclaración 3: aunque no sea una condena penal, no olvides que, tras una alcoholemia, para recuperar el carnet, tendrás que hacer un curso de reeducación y sensibilización vial.
Aclaración 4: no pienses que, si te niegas a hacer la prueba de alcoholemia, vas a evitar la condena penal. Es peor el remedio que la enfermedad.
Abogado especialista alcoholemias en Granada.
Esta entrada pertenece a una serie de artículos relacionados con alcoholemia:
- Juicio rápido por alcoholemia. Procedimiento.
- ¿Me pueden retirar el carnet de conducir por alcoholemia?
- ¿Cuáles son las condenas por positivo en control de alcoholemia?
- ¿Has dado positivo y necesitas el carnet para trabajar?
- Sanciones por dar positivo en un control de alcoholemia.
- ¿Has dado positivo en drogas conduciendo?
- Antecedentes penales por alcoholemia ¿cuándo se cancelan?
- ¿Si vuelvo a dar positivo en alcoholemia puedo ir a la carcel? Reincidencia
- Condena penal.¿Qué pasa si te niegas a hacer la prueba de alcoholemia?
- ¿Cómo puedo recuperar el carnet de conducir?¿Tengo que hacer un curso?
- ¿Cuáles son las multas por alcoholemia? Sanción administrativa.
- ¿Has tenido un accidente y has dado positivo en alcohol?
- ¿Te han citado del Juzgado para declara por positivo en alcoholemia?
Hola, tube una pequeña colison con otro vehiculo y di positivo en aire expirado 0’94,
No tengo antecedentes penales.
Trabajo con mi carnet de trailer.
A que me enfrento?
Puedo cumplir la retirada los fines de semana y vacaciones?
Gracias, espero su,respuesta.
Hola Francisco José. Pues lo más probable, y en lo que supongo más te interesa saber, es que te quiten 8 meses el carnet de conducir. Y no sirve de nada que expliques que necesitas el carnet para trabajar, que es el medio con el que te ganas la vida. La retirada del carnet es segura. Igualmente es probable que tengas que pagar una multa. De todas maneras, solo puedo concretarte la respuesta viendo tu caso (con la documentación que exista y estudiando el atestado que hiciera la autoridad pública). Si estás interesado en una respuesta más detallada que no deje cabos sueltos escríbeme por privado (pablo@miabogadodeconfianza.es y me pongo con tu caso). Tu situación es complicada, te aconsejo que no lo «dejes estar» y cojas el toro por los cuernos. Un saludo
BUENAS TARDES PABLO. LA DUDA QUE TENGO ES SI, SIENDO LA PRIMERA VEZ (CAREZCO DE ANTECEDENTES) Y SI LLORO UN POCO, ADEMAS DE MOSTRAR ARREPENTIMIENTO (QUE LO ESTOY) Y CON EL ATESTADO, QUE SEGUN ME COMENTO EL AGENTE, DADO MI ACTITUD POSITIVA Y COLABORADORA EN TODO MOMENTO (SE SUPONE QUE LO INDICÓ EN EL ATESTADO) PODRÍA CONSEGUIR UNA PENA LEVE.
LA CUESTION ES QUE SOY OPOSITOR AL CNP Y ME PREOCUPA OBTENER UNA CONDENA MENOS GRAVE, DADO QUE TENDRÍA QUE ESPERAR DOS AÑOS DESDE EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA PARA CANCELAR LOS ANTECEDENTES Y VOLVER A INTENTAR SUPERAR LA OPOSICION. CON UNA PENA LEVE PODRÍA CANCELARLO EN SEIS MESES (MULTA DE TRES MESES O 30 DIAS DE TBC).
POR OTRO LADO ME GUSTARÍA SABER SI LA CONDUCCIÓN BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL ES UN DELITO DOLOSO O IMPRUDENTE, YA QUE EL REQUISITO PARA CCEDER AL CNP ES NO HABER SIDO CONDENADO POR DELITO DOLOSO.
ESPERO PUEDAS AYUDARME.
SALUDOS
Francisco, buenas tardes. Para conseguir una pena leve tienes que lograr que te condenen a trabajos en beneficio de la comunidad y que te la reduzcan en un tercio. En caso contrario (si te condenan a multa o prisión) aunque te rebajen el tercio, sería pena menos grave. Y sí, es un delito doloso. Mucha suerte! Un saludo
Hola Pablo, he tenido un accidente en mi moto es decir colisione contra el bordillo y la pared (pero la pared y bordillo quedaron intactos) porque estaba cansado y había tomado un poco y me quedé dormido, llego el samur me prestaron asistencia y la policía me realizó la prueba de alcoholemia y di 0’35 en el boletín de denuncia me han puesto el importe de 1000 euros, pérdida de puntos 4 y hay un sello que dice -no apta para cobro e Inmerso en causa penal-
Me ha citado a juicio rápido por delito y quisiera saber:
1) si habrá retirada de permiso de conducir o la resta de 4 puntos
2) si la multa es la de 1000 euros o se valorará en juicio
Cosas que añadir:
1) Tengo 5 años el permiso y tengo 14 tenía 14 puntos (dos de bonificados por movimiento)
2) nunca he tenido ninguna movida o infracción con policía (solo con un radar poco un exceso de velocidad) pero esto saldado
Analizando esto podrías darme un resumen o resultado aproximado desde tu punto de vista como abogado.
Estaré eternamente agradecido.
Un saludo y buen día.
Buenas tardes.
No suelen poner sanciones penales por debajo de 0.40, pero parece que en tu caso si te han imputado el delito de alcoholemia.
Si hay un procedimiento penal abierto debieran dejar sin efecto el expediente administrativo porque no caben las dos sanciones a la vez, pero en la práctica si sancionan por vía administrativa y toca recurrir.
La multa de 1000 € y los puntos son cuestiones ajenas al ámbito penal, por lo que de eso no se dirá nada en los Tribunales.
Tu caso, al haber dado 0.35 pudiera ser penalmente defendible. depende de lo que ponga el atestado. Y dependiendo de si te quieres conformar o no, el día del juicio rápido se actuara de una manera o de otra (es largo y complicado de explicar).
Si quieres más detalles o que te asiste en el juicio (necesitarás un abogado) ponte en contacto conmigo por privado.
Un saludo
pretendía volver a mi casa en otro municipio con unos amigos, cerraron el lugar e intente pillar un taxi con esto del estado de alarma y no hubo manera) y acabe cogiendo el coche dando una tasa de 0,62 y en las de aproximación 0, 68 en las dos, no me entregaron ni un solo papel ni nada por el estilo, hasta una de las veces que sople tuve que repetirla ya que la máquina se quedó en blanco, no si si tendría ni la inspección pasada todo muy raro. Y aun el policía viendo que no estaba mal en vez de llamar a la grúa me dejó coger el. Coche ir a una rotonda y aparcar bien el mismo. Diciéndome luego que no me entregaba citación del juzgado porque esta todo parado, pero no me diocopia de absolutamente nada. Para soplar me tuve que quitar mi mascarilla y utilizar una máquina que a saber quién había tocado antes, y a su vez en pleno estado de alarma en la calle sin forma de volver a casa hasta el día siguiente. Ahora me encuentro con una duda de no entender nada.
buenos días. Tu caso no va a ser sencillo como no está siendo nada sencillo durante esta pandemia. Desde luego, hasta que no te notifiquen nada no hay nada que hacer. Lo normal sería que te imputaran un delito contra la seguridad vial (vamos, la alcoholemia) pero para eso te tiene que llegar una notificación del juzgado, para declarar o directamente para el juicio, pero como está todo parado, pues no sería de extrañar que tardara en llegar. Toca esperar.
Buenas Pablo
Le comentó tengo 1 suspensión de pena por un quebrantamiento de condena con el plazo de 2 años y otra suspensión extraordinaria por conducir bajo efectos del alcohol de 3 años y una retirada del permiso de conducir de 3 años y medio. 9 meses después Me parala policía Local conduciendo un vehículo a motor bajo los efectos del alcohol con una segunda prueba de 0.92. Voy ha ir a la cárcel??
Buenas tardes. Al cometer un nuevo delito pudieran quedar sin efecto las suspensiones de condena previa, lo cual unido al nuevo delito sí pudiera suponer su ingreso en prisión. Pero es imposible dar una respuesta concreta sin tener más datos. En todo caso le deseo mucha suerte. un saludo
Hola
Me retiraron el carnet por tasa de alcoholemia durante un año (que ya cumple la semana que viene) y quisiera saber si tengo que realizar el curso eso o no, a mi me dijeron que tenía todos los puntos y que no tendría que hacer curso pero leyendo cosas ya dudo. Como es penal y no administrativo tengo todos los puntos y ya casi he pagado mi pena. Y si tengo que realizar el curso, que pasa si no le hago?? Y porque no me informaron para realizarlo antes de que cumpla la pena??
Un saludo y gracias
Buenos días.
edito el mensaje. Conforme al art 73.2 de la ley de Tráfico sí que es necesario hacer el curso tras una sentencia penal, por lo que sí tendrás que hacerlo.
Te paso el enlace del artículo
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/561509-rdleg-6-2015-de-30-oct-texto-refundido-de-la-ley-sobre-trafico-circulacion.html#a73
Si no lo haces sencillamente no te van a devolver el carnet
Y sí, llevas toda la razón, tiene guasa que nadie te avise en el Juzgado, a veces no lo hacen…pero eso no te va a permitir recuperar el carnet sin hacer el curso. Es una faena de cuidado
Te deseo mucha suerte! Un saludo
Hola, ayer di 0’62 en prueba de etilometria y me dieron una multa de 6 puntos y mil euros. Aparte de esto me pueden llegar a quitar el carnet?
Buenos días. Te han sancionado administrativamente, pero eso no quita que te puedan condenar igualmente por un delito contra la seguridad vial en cuyo caso te quitarían 8 meses el carnet (como mínimo)
Pero depende mucho de las circunstancias concretas de tu caso. En concreto si ya te han aplicado el margen de error o no (si no te lo han aplicado cabría la posibilidad de que no fuera un delito, al estar por debajo de 0.60, pero ojo, que en estos casos, en ocasiones, también se sanciona penalmente https://miabogadodeconfianza.es/accidente-con-positivo-en-alcoholemia/
Y todo esto sin olvidar que no cabe la doble sanción penal y administrativa.
Si te quedan dudas, y necesitas que hablemos de tu tema, contacta conmigo
Un saludo
Hola. Si cumpli una sanción de 8 meses de retirada del carnet, podria entrar en prisión si pasados unos años me vuelven a sancionar otra vez con la retirada del carnet (no ocurrirá, pero quisiera saber qué me puede ocurrir). Saludos
La alcoholemia conlleva la posibilidad de pena de cárcel. No es normal, porque se suele poner la de multa e incluso cabe la suspensión de la pena, pero siendo una reinicidencia cabe esa posibilidad (aunque insisto, no es normal). Un saludo
Buenas tardes. En junio me pillaron en un control de alcoholemia con resultado de retirada de carnet por 8 meses y multa de 700 euros. El abogado de oficio consiguió que me permitieran pagar la multa a plazos. Me dijo que cuando fuera a ejecución ya me informarían. Mi duda es si tengo que ir yo o me tienen que citar ellos. Y hace mas de 2 meses desde que fue el juicio y no me ha llegado nada. Gracias.
Cuando el procedimiento pasa a la fase ejecutoria, suelen indicar los plazos para pagar. El procedimiento se transforma de oficio en ejecutoria y el ejecutado solo debe esperar la notificación pertinente. No obstante, en temas penales siempre hay que coger el toro por los cuernos para evitar sorpresas, así que te aconsejo que le preguntes a tu abogado si hay alguna novedad y que cuando tienes que hacer el primer pago. eso sí, piensa que algunos juzgados son muy lentos en sus trámites. Un saludo
Hola, hace dos años cumplí retirada por
Alcoholemia de 8 meses, hace 5 meses me
Volvieron a piyar y como tenía antecedentes aún de aquella vez y reincidente me
Pusieron 20 meses, ayer me cogieron otra vez y con el carnet retirado..que me pasará? Iré a la cárcel o me
Pondrán muchos más años de retirada?
Le pueden imputar dos delitos: el de alcoholemia y el de conducir sin carnet, y todo ello siendo reincidente. En ambos delitos cabe la posibilidad de pena de prisión, aunque también la de multa (es decir, una de estas dos opciones a elegir, no las dos a la vez). Por lo tanto, dependerá del juzgado. Y la suspensión de la pena de prisión es más difícil que se aplique por la reincidencia. Insisto, depende del juzgado, pero ingresar en prisión es posible. Un saludo
Hola Elena me podrías informar a ver cómo actúan en ese aspecto?que condena te pusieron ?espero hayas tenido suerte un saludo!!y ánimos que no es poco!
Hola, buenas tardes
Me condenaron mediante juicio rápido por delito alcoholemia a las siguientes penas ( con la reducción de 1/3 ya incluidas) a :
(22 dias de trabajo en beneficio de la comunidad)
Y
( 8 meses sin carnet)
Ambas penas ya estan cumplidas en este orden:
Primero, cumplí con los 8 meses sin carnet el 1/11/2020
Luego , cumplí con los 22 dias de trabajos en beneficio comunidad el 16/03/2021
Me urge cancelar los antecedentes lo antes posible… En mi caso , desde que fecha puedo cancelarlos?
Le agradezco mucho su respuesta. Un saludo
Hola Erick. En tu caso, por el tipo de penas que te han puesto (leves) el plazo para cancelar es de 6 meses desde que se cumple la última de las penas, en este caso, por lo que comentas, el 16 de marzo de 2021. Por tanto, 6 meses después de esa fecha, a se pueden cancelar los antecedentes. Un saludo
Buenas Pablo, di 0,60 en la primera prueba de alcoholemia y 0,62 en la segunda. Quería saber cuál de las 2 es válida. Y saber si se ha aplicado el margen de error o no al realizarla, o si eso tiene que ser en el juicio.
Un saludo,
Hola Jesús. Cualquiera de las dos son válidas, y, evidentemente, a efectos de determinar el delito, se atenderá a la mayor.
Si han aplicado el margen de error debiera venir indicado en el atestado. En caso contrario, hay que aplicar el mismo. En tu caso pudiera ser importante porque bajaría de 0.60 (pero te adelanto que viene venir ya aplicado)
ojo, que aunque se baje de 0.60 puede seguir siendo un delito https://miabogadodeconfianza.es/accidente-con-positivo-en-alcoholemia/
No sé si eres de Granada o alrededores. En ese caso, si quieres, puedo llevar tu alcoholemia, porque, por ley, vas a necesitar un abogado.
Un saludo
Hola pablo, tuve un juicio rapido por alcoholemia y me metieron una multa y retirada de 8 meses , de eso ya hace 5 años , esos antecedentes ya an quedado cancelados ? Porque ahora voy A tener otro juicio rapido y queria saber si me sale como reincidente dado que el otro fue hace unos cuantos años ya. , gracias
Sí, por el tiempo transcurrido debieran estar cancelados. Un saludo
Buenas Pablo, he tenido colición leve con otro vehiculo ( golpe trasero a 15 km hora y frenando), el dueño del vehiculo no quiso formalizar los papeles amistosamente y llamo a la policia,0, 85 en primera prueba y 0.90 en la segunda, en principio en juicio rapido trae un informe de esjince leve en el cuello de la ocupante de atras, se realiza juicio rapido y me penalizan con 8 meses de retirada y 600 euros de multa, la otra parte aceptaron en principio, pero pasada 1 hora deciden que no aceptan, ahora que ocurre en este caso? Gracias de antemano.
Hola Pepe. Si hay una sentencia prestada en conformidad como pareces indicarme, la misma no puede cambiarse. Es una decisión del Juez, que, una vez tomada, no depende ni del culpable ni del perjudicado. Otra cosa es que el contrario renunciara a la acción civil para ejercitarla en un procedimiento aparte, en cuyo caso, ahora te reclamaran.
Un saludo
Hola Pablo, pero en principio a mi el carnet todavia no me lo han retirado, ni he firmado papel por parte del fiscal, me imputaron 8 meses de retirada y la multa, pero la responsabilidad civil al no estar clara por la negacion de la otra parte, estoy a la espera de que me vuelvan a citar, pueden cambiar la pena de la que me impusieron en el juicio rapido?, no tengo antecedentes, ni multas ni nada, ha sido una irresponsabilidad mia y me estoy viendo envuelto en este gran problema, un saludo de antemano
Hola Pablo di una tasa de 0,7 y sople mal no lo hice de manera intencionada y me dijeron que me negué y no fue así, me imputan tres delitos, no tengo antecedentes, puedo ir a la cárcel?
Saludos.
Hola Cris. entiendo que te imputan la «alcoholemia», la «negativa» y supongo que «conducir sin licencia». No, lo normal (casi seguro) es que no vayas a la cárcel. Aunque para darte una respuesta segura tendría que ver tu caso concreto.
Un saludo
Hola Buenas. Hce un año me retiraron el carnet durante 8 meses y me impusieron una multa de 480 euros. Debido a mi situación no pude pagar la multa. que me va a pasar?
Habría que ver tu caso concreto para darte una respuesta correcta, pero sería posible que aplicaran la responsabilidad penal subsidiaria: es decir, sustituir la pena de multa por ingreso en prisión o localización permanente o trabajos en beneficio de la comunidad
Un saludo
Buenas tardes, bueno, pues….que por imbécil después de 4años y algo de la anterior volví a coger el coche y me pararon di 0,99. Juicio rápido en 15 días, reincidencia entiendo que no se contemple ya que la anterior fueron 8 meses y 600 euros, cumplida la pena en septiembre del 2017.
Un saludo
Buenos días Juan. Tendría que ver tu caso concreto, pero lo normal es que, pasado ese tiempo, no te sea aplicable la reincidencia
Un saludo
Gracias
Hola pablo. Gracias por tu trabajo. Me han condenado a 8 meses sin el carnet y a una multa de 4 meses (600€). A partir de cuando podré cancelar mis antecedentes penales? Lo necesito por mi trabajo… Muchas gracias.
Hola Felipe. tienen que pasar dos años desde que se cumpla la última de las penas
Un saludo
Hola Pablo buenas tardes!!! Hace una semana e tenido una coalición con un coche en una rotonda y di positivo en alcolwmia 0’60 me pusieron una muleta d 1000 y m retiraron 6 puntos d carned m pusieron juicio rápido pero al agro día m llamaron q era juicio ordinario estoy asustada voy a ir q la cárcel la (chica estaba embarazada) nose si paso algo con ella espero tu respuesta un saludo
Hola Erine. no, no vas a ir a la cárcel, eso seguro. lo más normal es que te pongan una multa y te retiren el carnet (en ese caso podrás solicitar que quede sin efecto la sanción administrativa)
Si te interesa, podemos concertar una consulta y te explico con detenimiento, y así saldrás de dudas y quedarás mucho más tranquila.
Me puedes escribir a pablo@miabogadodeconfianza.es
Un saludo
Hola buenas he tenido un accidente y he dado alcoholemia tengo antecedentes que posibilidad tengo de evitar la cárcel
Buenas tardes.
Lo normal es que, aunque haya antecedentes, no vayas a la cárcel
En esta entrada hablo del tema https://miabogadodeconfianza.es/reincidencia-en-alcoholemia/
Si necesitas que te asista en la alcoholemia solo tienes que contactar conmigo por privado
Un saludo
Hola, habiendo dado positivo con 1,41 de cuanto tiempo puede ser la retirada del carnet. Un saludo.
Manuel, buenas tardes. Pues depende del Fiscal que te toque, pero ya te adelanto que, al ser un resultado que doblega el 0,60, es muy probable que te suban la pena y no te pidan la mínima. Es decir, que posiblemente sea superior a los 8 meses que suelen poner.
Si quieres, dime de dónde me escribes por si te interesa que lleve tu caso en el Juzgado o que te recomiende a algún abogado de tu ciudad.
Un saludo