Sanción penal y administrativa por positivo. Prohibición de doble sanción.
Diste positivo y te ha caído una sanción penal y administrativa por positivo en alcoholemia ¿Es posible?
Positivo en control de alcoholemia.
Si te pillaron bebido al volante te van a sancionar, es de cajón. Pero la historia es muy diferente dependiendo de lo que hubieras bebido.
Si solo te habías tomado un par de cervezas la sanción será administrativa. Si te habías bebido hasta el agua de los floreros te caerá una bonita condena penal de regalo.
Pincha en estos enlaces si quieres más detalles específicos sobre la sanción penal y administrativa.
Pero ¿caben las dos sanciones a la vez? Pues va a ser que no. Vamos a verlo
Sanción penal y administrativa por positivo.
Partamos del típico caso: diste positivo en un control de alcoholemia y te citaron a un juicio rápido.
En tan solo un par de días ya tenías tu condena penal. Sin embargo, ahora acabas de recibir una carta del Ayuntamiento. Un expediente sancionador por infracción de tráfico.
O dicho en cristiano, te ponen una multa económica y te quitan puntos del carnet. No sabes qué hacer.
Además, se te informa que si pagas en un plazo, generalmente de 20 días, te descuentan la mitad de la multa. Pequeña «maldad» administrativa para que no te pares a pensar y acuquines inmediatamente.
Y en vez de preguntar a un abogado (qué locura), para ahorrarte unos euros y olvidarte de problemas pagas inmediatamente. Grave error.
Prohibición de doble sanción por alcoholemia.
Como hemos dicho antes, el hecho de que condujeras bebido puede tener dos tipos de sanciones, penal y administrativa. Pero puede ser una u otra, no las dos a la vez.
Por si tienes curiosidad, te cuento que a esta prohibición de sancionar doblemente en el mundo del derecho se le conoce como el principio de non bis in idem.
La sanción penal es la más grave e importante y la administrativa es secundaria.
Por eso, si ya has sido sancionado penalmente, o existe un procedimiento penal en marcha, la vía administrativa se tiene que suspender o archivar sin que impongan sanción alguna (art 85 de la Ley de Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial)
¿Y si ya has pagado al Ayuntamiento? Pues se puede pedir la nulidad del procedimiento administrativo por lo que te tendrían que devolver el dinero y los puntos.
Así que los Ayuntamientos, tras cometerse la infracción (conducir bajo los efectos del alcohol) mandan directamente la multa, sin corroborar previamente si había o no un procedimiento penal en marcha.
Si no hay procedimiento penal la multa administrativa es plenamente válida. ¿Y si hay procedimiento penal?….pues, si no tuvieras ni idea de lo que estoy contando, vas a quedarte sin un dinerito (y puntos) pese a ser completamente ilegal.
Pero, insisto incluso aunque la hayas pagado y te hayan quitado los puntos del carnet, se puede reclamar que te devuelvan todo. Y te los tienen que devolver. Porque ese procedimiento es nulo de pleno derecho, y tiene que quedar sin efecto alguno.
Es decir, que se revierta la situación a como se encontraba antes de que se iniciara la vía administrativa.
Otra cosa es que en estos casos hay que reclamarle a la Administración. Y con la Iglesia hemos topado. Son procedimientos lentos y tediosos. Pero finalmente se consigue el objetivo.
Conclusión.
1.-Por un positivo de control de alcoholemia te puede caer una sanción penal o administrativa
2.-Pero una u otra, nunca las dos a la vez.
3.-Si ya hay sanción penal, la sanción administrativa se tiene que archivar.
4.-Si ya hubieras pagado y te hubieran quitado los puntos, puedes reclamar que te devuelvan todo.
Es muy normal que la gente pague rápido la multa del Ayuntamiento, porque con eso se ahorra la mitad de la sanción.
Y luego es cuando se dan cuenta de que no tenían que hacerlo. Pero tranquilo, si es tu caso estás a tiempo de reclamar para que te lo devuelvan. Ponte en contacto conmigo y haremos las gestiones para que recuperes tus puntos y tu dinero.
Abogado especialista en alcoholemias de Granada
Fuentes: foto de entrada, foto 1,
Esta entrada pertenece a una serie de artículos relacionados con alcoholemia:
- Juicio rápido por alcoholemia. Procedimiento.
- ¿Me pueden retirar el carnet de conducir por alcoholemia?
- ¿Cuáles son las condenas por positivo en control de alcoholemia?
- ¿Has dado positivo y necesitas el carnet para trabajar?
- Sanciones por dar positivo en un control de alcoholemia.
- ¿Has dado positivo en drogas conduciendo?
- Antecedentes penales por alcoholemia ¿cuándo se cancelan?
- ¿Si vuelvo a dar positivo en alcoholemia puedo ir a la carcel? Reincidencia
- Condena penal.¿Qué pasa si te niegas a hacer la prueba de alcoholemia?
- ¿Cómo puedo recuperar el carnet de conducir?¿Tengo que hacer un curso?
- ¿Cuáles son las multas por alcoholemia? Sanción administrativa.
- ¿Has tenido un accidente y has dado positivo en alcohol?
- ¿Te han citado del Juzgado para declara por positivo en alcoholemia?
Trackbacks y pingbacks
[…] en este punto es muy importante recordar que no te pueden sancionar dos veces, por la vía penal y la vía administrativa, a la vez y por el mismo hecho. Y es un error muy común en la gente, que desconoce este hecho y […]
[…] no olvides que lo que nunca te pueden hacer es sancionar a la vez por la vía penal y administrativa por la misma […]
[…] Aclaración 2: Hablamos de sanciones penales, no administrativas. Pero no olvides que si ya te han puesto una condena penal, se tiene que anular la sanción administrativa. […]
[…] Aclaración: Hablamos de sanciones penales, no administrativas. Pero no olvides que si ya te han puesto una condena penal, se tiene que anular la sanción administrativa. […]
[…] que la administración se lleva calentito un dinero que no le corresponde. Lee esta entrada y te explico bien de lo que hablo (y como recuperar el dinero pagado […]
[…] Otra cuestión importante: si te han sancionado penalmente no pueden multarte administrativamente (pincha aquí) […]
Los comentarios están desactivados.