«¿Usted por qué se cree….?»
En esta entrada os comentaba como, hoy en día, en determinadas circunstancias, uno se puede divorciar ante un Notario sin necesidad de acudir a la vía judicial.
Uno de los requisitos que se exigen es que la mujer, en el momento del divorcio, no esté embarazada. Pues dejadme que, al respecto, os cuente una anécdota.
Clientes que se ponen en contacto conmigo para que intervenga en este tipo de procedimiento. Una vez realizados los trámites previos, nos da cita el Notario y allí que nos personamos para tramitar el divorcio.
Como ocurre en estos casos, el fedatario público comienza a explicar en qué va a consistir el acto, y a enumerar los requisitos necesarios. Como comentaba antes, uno de ellos es que la mujer no esté en ese momento embarazada. Así que llegado a ese punto, el Notario, no sin cierto apuro pues la mujer tenía unos 60 años, le comenta a la misma: «al estar obligado por ley, me va a disculpar, pero he de preguntarle si está embarazada»
Mi clienta, con una sonrisa en la boca, le respondió que no se preocupara, que, a su edad, no estaba esperando un hijo.
En ese momento el ambiente se relajó y el Notario (muy agradable, la verdad) nos contó que, después de lo vivido, él ya no daba por supuesto nada y aprovechó para contarnos una anécdota. No hacía mucho, tenía que divorciar a una pareja de mujeres, por lo que, llegado el momento, se dirigió a las mismas y les dijo «vamos a proceder al divorcio porque ustedes no están embarazadas, ¿verdad?», a lo que una de ellas, con cara de muy pocos amigos respondió: «usted por qué se cree que me divorcio de esta arpía»
Como se suele decir en mi gremio, no hay más preguntas Señoría.
Pablo Romero. Abogado de familia en Granada
Fuentes: Foto de entrada
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