Denuncia falsa. Atraco inventado.
¿Has denunciado un robo que nunca ha existido? ¿Estás nervioso porque te han llamado a declarar sobre el atraco inventado en la Policía? Hablamos de una denuncia falsa. Si te encuentras en uno de estos supuestos, tienes un serio problema, así que lee con atención esta entrada que te será de gran ayuda.
Denuncia falsa. Atraco inventado.
Has presentado una denuncia sobre unos hechos inventados. Te ha llamado la Policía para declarar sobre los mismos. Vas a someterte a un interrogatorio en el que seguramente descubran que todo es falso. Y te van a imputar un delito de denuncia falsa. Pero si sigues mis consejos, posiblemente, podrás librarte de la pena de prisión y/o multa
El ejemplo más común: has perdido la cartera o el móvil y el típico amigo listo (todos tenemos uno) te aconseja que denuncies que te lo han robado.
O lo que es más grave, directamente te lo aconseja la compañía de seguros (ya que si no consta una denuncia previa por hurto o robo, las compañías de seguros, en ocasiones, no se hacen cargo de lo perdido).
Total que te inventas que sufriste un atraco de personas que no llegaste a ver y no puedes identificarlas. Y allí que te plantas en la comisaría de policía y te montas una película digna de Alfred Hitchcock. Mientras el policía va transcribiendo todo lo que dices. Luego firmas tu denuncia, te dan una copia y te vas tan contento.
Y, sin embargo, querido lector, permíteme ser claro y directo: la acabas de liar parda.
Como dice el dicho popular, “la Policía no es tonta”. Saben perfectamente que muchos robos son inventados por los motivos antes expuestos.
Y este tema a ellos les mosquea mucho (muchísimo) porque les estás haciendo trabajar inútilmente, ya que el atraco no es cierto. Piénsalo, aunque no era tu intención, les estás tomando el pelo.
Unos días después de que denunciaras los hechos inventados te van a citar en comisaría para que declares sobre los mismos. Te van a preguntar con pelos y señales sobre el atraco y (seguramente) van a descubrir que todo es falso.
Cuando llegues a la comisaría, el grupo de investigación a quien corresponda te va a hacer un interrogatorio de 3º grado (normal, se supone que tienen que obtener todos los datos del atraco para pillar al «caco»)
El problema es que, si te lo has inventado, a poco que indaguen en el asunto y te hagan preguntas seguidas y rápidas, te van a terminar pillando en una contradicción (antes se pilla a un mentiroso que a un cojo)
Piensa que sentarse en una sala con dos policías con cara de pocos amigos (para ellos es un tema muy serio, insisto, se trata de resolver un supuesto delito) no facilita mucho el no ponerse nervioso.
Si es la Policía quien descubre que todo era mentira, van a denunciarte por un delito de denuncia falsa (art 456 y 457 del Código Penal). Se va a abrir un procedimiento penal contra ti y te pueden condenar a penas de prisión y/o multa.
Y apenas vas a tener margen de defensa. Para los jueces estos asuntos son blanco y en botella y te vas a llevar una bonita condena de regalo (además de la bronca pertinente de tus padres y/o pareja).
Y no es ninguna broma: como te decía, te pueden poner una multa económica muy seria o incluso penas de prisión (aunque puedes respirar, lo normal es que no vayas a la cárcel).
Pero, aun habiendo interpuesto una denuncia falsa (que si sigues leyendo, seguramente sea tu caso), hay una manera de evitar la condena (y, quizás, la bronca de tus padres y/o pareja, aunque esto va a ser más complicado).
Si estás en el supuesto en el que ya has puesto la denuncia, pero aún no te han llamado a declarar de la Policía, pudieras librarte de la pena. Tienes que confesar a la Policía voluntariamente y a iniciativa propia que la denuncia era falsa. Que no tenías intención de provocar ningún perjuicio a nadie, ya que actuabas en la creencia de que no hacías nada malo (cosa que, de antemano, la Policía te agradecerá)
El motivo es, que si lo haces rápido, sin que hayan pasado apenas tiempo desde tu denuncia (lo cual suele ocurrir si todavía no te han llamado de la Policía a declarar), lo más probable es que aún no se haya realizado ninguna actuación judicial (esto es, que se haya abierto un procedimiento judicial por tu denuncia).
Si antes de que se lleven a cabo actuaciones judiciales significativas, tú reconoces los hechos, pese a haberse presentado la denuncia falsa, puedes estar exento de responsabilidad penal (art 16.2 del Código Penal) y, por tanto, no te podrán condenar en los Tribunales.
¡Ojo! Aunque confieses voluntariamente, con posterioridad igualmente se va a iniciar un procedimiento judicial frente a ti y seguramente haya un juicio. Porque la Policía tiene la obligación de poner en conocimiento del Juzgado la denuncia falsa, y este último de perseguirla.
Pero si sigues mis consejos, hay serias posibilidades de salir finalmente absuelto.
En otras ocasiones lo que se sigue es un juicio inmediato en el que te ofrecen una reducción de la pena. Es otra posibilidad, aunque siempre tienes la opción de no conformarte, ir a juicio y buscar la absolución. Asumes un riesgo, pero, como te digo, es posible que evites la condena por un delito de denuncia falsa.
Conclusión.
1.-Inventarse un atraco y denunciarlo ante la Policía es una muy mala idea. Si todavía no lo has hecho, deséchalo de inmediato.
2.-Si ya has denunciado el atraco inventado que sepas que acabas de cometer un delito: el de denuncia falsa.
3.-Tras la denuncia, te van a llamar para un interrogatorio. Te recomiendo que, para no hacer la bola cada vez más grande (que luego vienen los lloros) reconozcas cuanto antes que los hechos no eran ciertos.
4.-Posiblemente esta confesión te permita el día de mañana evitar una condena penal.
Quizás pienses que lo que te acabo de contar es algo raro. Pero preguntadle a cualquier amigo Policía, es el pan nuestro de cada día. Así que es hora de cambiar con la leyenda urbana de que esta denuncia falsa es una buena idea.
Si estás en un caso parecido y tienes cualquier duda, contacta conmigo.
Por último, en relación con este tema y al hilo de las leyendas urbanas, aprovecho para aclarar que es totalmente falso que se pueda retirar una denuncia.
Pablo Romero, abogado especialista Penal.
Abogado en Granada
Audiencia Provincial de Madrid (Sección 16ª)
Auto núm. 949/2012 de 12 diciembre. JUR 2013\33198
La cuestión es que el propio artículo 457 del C. Penal exige , para la consumación del hecho delictivo, que la denuncia falsa provoque «actuaciones procesales». En la medida en que el desistimiento del ahora apelante se produce dos días después de la denuncia , sin que haya habido tiempo material para que el Juzgado de Instrucción practicara ningún tipo de actuación procesal, más allá que la mera recepción de la denuncia , si es que físicamente llegó al Juzgado, entiende este Tribunal que nos hallamos ante un desistimiento voluntario , siendo de aplicación el artículo 16.2 del C. Penal .
En el mismo sentido y en un caso idéntico al que nos ocupa se pronunció el Tribunal Supremo en Sentencia de fecha 6 de Marzo de 2002 , ponente Excmo. Sr. Conde-Pumpido , citada por la defensa, considerando concurrente dicho desistimiento voluntario y por tanto de aplicación el tan citado artículo 16.2 del C. Penal .
Fuentes de Denuncia falsa. Atraco inventado: Foto de entrada, foto 1, foto 2, foto de pie.
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